Actualización del Régimen Tributario Especial para ESAL: plazo máximo hasta el 30 de junio de 2026
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales —DIAN— recordó, mediante el Comunicado de Prensa 081 de 2026, que las entidades sin ánimo de lucro —ESAL— pertenecientes al Régimen Tributario Especial —RTE— deben presentar su solicitud de actualización correspondiente al año 2026 antes del 30 de junio de 2026.
Este trámite es obligatorio para conservar los beneficios tributarios asociados al RTE y debe realizarse a través del Sistema Informático del Régimen Tributario Especial —SI RTE-ESAL—.
¿Qué entidades deben actualizar el Régimen Tributario Especial?
La obligación aplica para las entidades sin ánimo de lucro que pertenecen al Régimen Tributario Especial y que cumplen alguna de las siguientes condiciones:
Realizaron la actualización del RTE durante el año 2025.
Obtuvieron calificación o readmisión al Régimen Tributario Especial durante el año 2025.
Se constituyeron como cooperativas durante el año 2025.
Además, estas entidades deben tener registrada en el RUT la responsabilidad 04 – Régimen Tributario Especial.
En términos generales, esta actualización aplica a corporaciones, fundaciones, asociaciones, cooperativas y demás entidades sin ánimo de lucro que deseen mantener su permanencia dentro del Régimen Tributario Especial.
Documentación requerida para la actualización del RTE
De acuerdo con el artículo 1.2.1.5.1.9 del Decreto 1625 de 2016, las entidades obligadas deben adjuntar la documentación correspondiente para soportar la actualización anual.
Entre los documentos requeridos se encuentran los siguientes:
Estados financieros del año anterior
La entidad debe presentar los estados financieros correspondientes al año inmediatamente anterior, es decir, al año gravable 2025. Estos deben estar auditados o revisados, según corresponda a la obligación particular de cada entidad.
Informe anual de resultados
También debe incluirse un informe que detalle la gestión desarrollada por la entidad y los resultados operativos obtenidos durante el año anterior.
Certificación del representante legal
Debe aportarse una certificación suscrita por el representante legal, en la cual se informe sobre antecedentes judiciales, declaración de caducidad de contratos estatales y demás aspectos exigidos respecto de los miembros de junta directiva, fundadores, representantes legales o administradores, según corresponda.
Actas de asamblea
Cuando haya lugar, las ESAL deben aportar las actas relacionadas con el estado de las asignaciones permanentes de años anteriores. Este requisito aplica para entidades sin ánimo de lucro, pero no para cooperativas.
Registro web de información
La entidad debe diligenciar de forma completa la información exigida en el SI RTE-ESAL, incluyendo actividades meritorias, donaciones, fondos, descripción del objeto social y demás información relevante para la actualización.
Memoria económica
La memoria económica solo será obligatoria cuando los ingresos brutos del año 2025 hayan superado las 160.000 UVT, equivalentes aproximadamente a $6.240 millones. Este requisito se encuentra previsto en el artículo 356-3 del Estatuto Tributario.
¿Cómo se realiza la actualización del RTE?
El trámite debe realizarse únicamente en línea, a través del Sistema Informático del Régimen Tributario Especial —SI RTE-ESAL—, disponible en el portal de la DIAN.
Para adelantar correctamente la actualización, se recomienda seguir estos pasos:
Verificar que toda la documentación esté completa, vigente y legible.
Revisar que el RUT tenga registrada la responsabilidad 04 – Régimen Tributario Especial.
Ingresar al SI RTE-ESAL con las credenciales de la entidad.
Diligenciar el formulario de registro web, incluyendo la información sobre actividades meritorias, donaciones, fondos y demás datos exigidos.
Adjuntar los documentos soporte, tales como estados financieros, certificaciones, actas e informes.
Enviar la solicitud antes del 30 de junio de 2026.
Consecuencias de no actualizar el Régimen Tributario Especial
El incumplimiento del plazo puede generar consecuencias tributarias significativas para las entidades obligadas.
Las ESAL que no presenten la solicitud de actualización dentro del término establecido serán excluidas del Régimen Tributario Especial a partir del año gravable 2026. Como consecuencia, pasarán a ser contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios bajo el régimen ordinario.
Esto implica la pérdida de beneficios como la tarifa preferencial aplicable en el RTE, la posibilidad de tratar como exento el beneficio neto o excedente destinado al objeto social y los demás tratamientos especiales previstos para este tipo de entidades.
Adicionalmente, la entidad deberá actualizar su RUT y modificar su responsabilidad tributaria, pasando de la responsabilidad 04 a la que corresponda bajo el régimen ordinario.
Recomendaciones de RIO CONSULTORES
RIO CONSULTORES recomienda a las entidades sin ánimo de lucro actuar con anticipación y no esperar hasta el último día para realizar el trámite.
Es importante revisar oportunamente los estados financieros de 2025, las certificaciones exigidas, las actas de asamblea y la información que será reportada en el registro web. También debe verificarse si la entidad está obligada a presentar memoria económica por haber superado el umbral de ingresos previsto en la normativa.
Cuando se trate de entidades con estructuras complejas, contratación pública, asignaciones permanentes, fondos especiales o un volumen significativo de operaciones, resulta recomendable contar con acompañamiento profesional para evitar errores en la actualización.
Concepto de RIO CONSULTORES
La actualización anual del Régimen Tributario Especial no es un trámite meramente formal. Se trata de una obligación indispensable para que las entidades sin ánimo de lucro puedan conservar los beneficios tributarios asociados al RTE.
El incumplimiento del plazo del 30 de junio de 2026 puede generar la exclusión automática del régimen, con efectos directos sobre la carga tributaria de la entidad. Por ello, las ESAL deben revisar desde ahora su documentación, confirmar su información en el RUT y adelantar el proceso de actualización dentro del término establecido.
En RIO CONSULTORES acompañamos a las entidades sin ánimo de lucro, cooperativas y demás organizaciones pertenecientes al Régimen Tributario Especial en la revisión documental, preparación de soportes y presentación de la actualización ante la DIAN.
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