Boletín Informativo Tributario 015-2026

Fecha: 27 de febrero de 2026

Tema: Novedades normativas que impactan la Declaración de Renta y el Régimen SIMPLE – Año Gravable 2025 (Personas Jurídicas)

Fuente: Análisis técnico basado en publicación especializada de ACTUALICESE.COM 


1. Introducción

La preparación de la declaración de renta del régimen ordinario y de la declaración anual del régimen SIMPLE para el año gravable 2025 (personas jurídicas) exige un análisis integral de modificaciones normativas expedidas entre 2024 y comienzos de 2026.

Las principales novedades analizadas provienen de: Ley 1819, Ley 2380, Decreto Legislativo 175, Decreto Legislativo 1474, pronunciamientos del Consejo de Estado y doctrina de la DIAN. 

A continuación, RIO CONSULTORES presenta un análisis estructurado de las novedades más relevantes para el cierre fiscal 2025. 


I. Cambios en tarifas y descuentos tributarios

1. Incremento en la tarifa del impuesto de renta para ZOMAC

En aplicación del artículo 237 de la Ley 1819 de 2016, a partir del año gravable 2025:

Las micro y pequeñas empresas ZOMAC pasan del 8,75 % al 17,5 %, equivalente al 50 % de la tarifa general (35 %). 

Impacto: Incremento significativo en la carga fiscal, afectación del flujo de caja y necesidad de revisar proyecciones tributarias y anticipos. 

2. Nuevo descuento del 37 % por donación de alimentos

La Ley 2380 modificó el artículo 257 del E.T. Para donaciones de alimentos a entidades del Régimen Tributario Especial que operen como bancos de alimentos, el descuento pasa del 25 % al 37 % del valor donado. 

Relevancia: Mejora el incentivo tributario, facilita planeación fiscal responsable y exige certificación adecuada de la entidad beneficiaria. 


II. Impuestos extraordinarios y efectos en deducciones

3. Impuestos creados durante la conmoción interior (Catatumbo)

El Decreto Legislativo 175 introdujo un impuesto especial para extracción de hidrocarburos y carbón, y reactivó el impuesto de timbre (1 %). 

Puntos críticos: Analizar si el nuevo impuesto es deducible, verificar la liquidación del impuesto de timbre como requisito de deducción (art. 177 E.T.) e identificar el impacto en el sector minero-energético. 

4. Sobretasa para el sector hidrocarburos

Aplicable conforme al parágrafo 3 del artículo 240 del E.T. Las resoluciones expedidas en enero de 2026 por la ANH y la UPME permitirán calcular la sobretasa del año gravable 2025. 

Afecta a empresas que explotan carbón y realizan extracción de petróleo. 


III. Ajustes internacionales y control fiscal

5. Nuevo listado de jurisdicciones no cooperantes

El Decreto 1496 de diciembre de 2024 actualizó el listado de paraísos fiscales aplicable al año gravable 2025. 

Impacto: Retenciones incrementadas, implicaciones en precios de transferencia y limitaciones en costos y deducciones. 

6. Interés presuntivo en préstamos entre socios

El Decreto 771 fijó la tasa anual de interés presuntivo para 2025. Debe aplicarse a préstamos entre sociedades y socios y a operaciones con vinculados. 


IV. Retenciones y anticipos

7. Incremento de retenciones en la fuente

El Decreto 572 aumentó desde junio de 2025 las retenciones y autorretenciones especiales. 

Consecuencia: Aumento de saldos a favor e impacto directo en el cálculo del anticipo del impuesto 2026. 


V. Impacto laboral y costos deducibles

8. Reforma laboral: efectos fiscales

La Ley 2466 modificó la naturaleza del vínculo de aprendices. Desde julio de 2025 deben reportarse en nómina electrónica y se reconoce vínculo laboral. 

Impacto: Cambios en deducción de costos laborales, ajustes en seguridad social y mayor formalización del gasto. 


VI. Pronunciamientos jurisprudenciales

9. Subcapitalización: certificado de no vinculado económico

El Consejo de Estado (Exp. 28534 – 31 de julio de 2025) determinó que el certificado puede solicitarse en cualquier momento y no es obligatorio obtenerlo antes de presentar la declaración. 

Impacto: Reduce riesgo de rechazo de intereses y flexibiliza la aplicación del artículo 118-1 del E.T. 


VII. Doctrina relevante de la DIAN

10. Extracto bancario como soporte fiscal

Concepto 11620 (agosto de 2025): los extractos bancarios sirven como soporte de gastos financieros, sin requerir documento soporte adicional. 

11. Vehículos eléctricos

Concepto 2011 (diciembre de 2025): procede la deducción especial conforme a la Ley 1715. 


VIII. Conciliación fiscal y obligaciones formales

12. Formato 2516 obligatorio por consolidación

La Resolución 000246 dispuso que, si se consolidan estados financieros, matriz y subordinadas quedan obligadas a elaborar el formato 2516 y este debe prepararse antes de presentar la declaración. 

13. Resolución Unificada 000227 de 2025

Compiló las resoluciones tributarias vigentes más importantes. Facilita la consulta normativa, pero no elimina obligaciones previas. 

14. Modificación del listado de grandes contribuyentes

La Resolución 000248 modificó el listado para 2025-2026. Solo quienes conserven la calidad al 31 de diciembre de 2025 podrán pagar el impuesto en 3 cuotas, siendo la primera en febrero de 2026. 


IX. Reajuste fiscal de activos fijos

Se espera decreto oficial (enero-febrero de 2026) que fijará el valor del reajuste fiscal aplicable al costo fiscal de activos fijos del año gravable 2025.

Este tema es relevante para ganancia ocasional, enajenación de activos y depuración de bases fiscales. 


Conclusiones ejecutivas

La declaración de renta AG 2025 de personas jurídicas exige una revisión normativa transversal, incorporando cambios en tarifas, descuentos, anticipos y deducciones; nuevos impuestos sectoriales; refuerzo del control internacional; y ampliación de obligaciones formales. 

El cierre fiscal 2025 debe abordarse con planeación anticipada, revisión sectorial específica, validación de soportes documentales y análisis de impacto en el flujo de caja 2026. 


RIO CONSULTORES

Unidad de Planeación y Cumplimiento Tributario

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Este boletín tiene carácter informativo y no constituye asesoría tributaria personalizada. Cada contribuyente debe analizar su situación particular conforme a su actividad económica y régimen tributario aplicable. 

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