Categoría: Tributario – Contable – Legal Empresarial
1. Contexto General
En el marco colombiano, las relaciones financieras entre una sociedad y sus accionistas están sujetas a una figura fiscal clave: los intereses presuntivos. Esta figura busca evitar la evasión del impuesto sobre la renta cuando se entregan o reciben recursos entre partes vinculadas sin retribución financiera evidente.
2. ¿Qué son los intereses presuntivos?
Son una presunción legal de renta aplicable cuando existen préstamos entre una sociedad y sus accionistas (en ambos sentidos), sin que se hayan pactado intereses a tasas razonables o sin evidencia de cobro efectivo.
Su propósito es garantizar la tributación justa bajo el principio de plena competencia, evitando que se oculten rentas gravables mediante operaciones entre vinculados.
3. Fundamento Normativo
- Tributario:
o Artículo 35 del Estatuto Tributario (E.T.): Presume un ingreso gravado por intereses cuando no se cobra una tasa adecuada.
- Artículo 118-1 del E.T. y 260-2 del E.T.: Aplican reglas de precios de transferencia a operaciones entre vinculados.
- Decreto 2120 de 2017: Detalla lineamientos en precios de Contable (NIIF):
- NIC 24 / Sección 33 NIIF para PYMES: Revelación de partes
- NIIF 9 / NIC 39: Reconocimiento y medición de instrumentos
- NIC 12: Impuesto diferido por diferencias
- Comercial:
- El Código de Comercio no regula expresamente esta figura, pero respalda la pactación contractual de intereses bajo la autonomía de la voluntad.
4. Análisis según la dirección del préstamo
- Sociedad → Accionista (sin intereses)
- Se presume un ingreso gravado para la
- Base de cálculo: tasa de interés corriente de la Superintendencia Financiera sobre el saldo promedio de la deuda.
- Contable: Se reconoce ingreso por devengo (aunque no se haya recibido dinero).
- Fiscal: El ingreso se incluye en la renta líquida.
- Accionista → Sociedad (sin intereses)
- Se presume un ingreso gravado para el
- No se reconoce gasto por intereses en la
- Puede afectar la base de renta del accionista y, en casos internacionales, implica obligaciones de precios de transferencia.
5. Ejemplos Ilustrativos
Caso 1: Sociedad XYZ SAS presta $100 millones a su accionista sin intereses.
→ Tasa corriente: 13%.
→ Ingreso presunto para la sociedad: $13 millones.
→ Contablemente: ingreso financiero + cuenta por cobrar.
→ Fiscalmente: aumenta la base gravable.
Caso 2: Accionista presta $200 millones a la sociedad sin cobrar intereses.
→ Ingreso presunto para el accionista: $26 millones.
→ Contablemente: la sociedad no registra gasto por intereses.
→ Fiscalmente: el accionista debe declarar el ingreso presuntivo.
6. Riesgos y sanciones
- Sanción por inexactitud: 647 del E.T.
- Omisión de ingresos: Art. 239 del T.
- Afectaciones en precios de transferencia si se omiten operaciones entre vinculados con impacto internacional.
7. Consideraciones Contables
- El reconocimiento se hace por el principio de devengo, lo cual puede generar diferencias temporarias.
- Estas deben reconocerse mediante impuesto diferido, según NIC
- Las notas a los estados financieros deben revelar todas las operaciones entre partes vinculadas y sus condiciones.
8. Posturas críticas y jurisprudencia
- Se ha cuestionado la constitucionalidad de presunciones absolutas sin posibilidad de prueba en contrario.
- La figura puede generar doble tributación no económica.
- La Corte Constitucional y el Consejo de Estado han validado su uso, siempre que sea razonable y proporcional.
9. Recomendaciones para las empresas
- Formalizar contractualmente todas las operaciones financieras entre socios y sociedades.
- Establecer tasas de interés razonables alineadas con el
- Documentar operaciones entre vinculados y analizar su impacto en precios de transferencia.
- Implementar políticas de revelación de partes relacionadas en los estados
- Revisar periódicamente los efectos contables y fiscales de estos préstamos.
10. Conclusión
Los intereses presuntivos son una herramienta fiscal legítima, pero su aplicación debe ser técnica y prudente. Sociedades y accionistas deben adoptar prácticas de buen gobierno corporativo y transparencia financiera, asegurando que todas las transacciones internas se realicen en condiciones de mercado y estén debidamente soportadas.
El equipo de RIO CONSULTORES está a su disposición para aclarar dudas sobre este tema y acompañarlo en el cumplimiento normativo y contable correspondiente.
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