Documento Soporte en Adquisiciones a Proveedores del Exterior – Servicios Digitales
Fecha: 26 de Marzo de 2025
Fuente: DIAN – Concepto 001932 Int. 192 de 2025
Tema: Documento Soporte en Adquisiciones a Proveedores del Exterior – Servicios Digitales
1. No son válidos como soporte fiscal los pagos bancarios o comprobantes de plataformas extranjeras
La DIAN concluye que los pagos reflejados en cuentas bancarias y comprobantes de pago emitidos por plataformas digitales extranjeras (como Meta Ads, Google Ads, etc.) no constituyen un soporte válido para efectos fiscales de costos, deducciones o impuestos descontables en Colombia.
Esto obedece a que estos proveedores no tienen residencia fiscal en Colombia y no están obligados a expedir factura electrónica en el país.
2. El documento soporte en adquisiciones con no obligados a facturar es obligatorio
Para que los pagos a proveedores extranjeros de servicios digitales puedan ser reconocidos como costos válidos en la declaración de renta, el contribuyente debe generar el documento soporte en adquisiciones con no obligados a facturar, conforme al:
- Artículo 1.6.1.4.12 del Decreto 1625 de 2016, y
- Resolución DIAN 000167 de 2021.
Soporte normativo relevante:
- Estatuto Tributario: Artículos 615, 616-1 y 743
- Decreto 1625 de 2016: Artículo 1.6.1.4.12
- Resolución DIAN 000167 de 2021
- Artículo 771-2 E.T.: Requisitos de aceptación de costos, deducciones e impuestos descontables
Recomendaciones para empresas y contribuyentes
- No se deben usar como soporte fiscal comprobantes de pago emitidos por plataformas extranjeras ni extractos bancarios.
- Se debe emitir el documento soporte en todos los casos en que se adquieran servicios a proveedores no obligados a facturar en Colombia.
- Verificar que dicho documento cumpla con los requisitos formales establecidos en la Resolución DIAN 000167 de 2021.
- Incluir el documento soporte como anexo dentro de la contabilidad y soportes de la declaración de renta.
CONCEPTO RIO CONSULTORES
Este concepto de la DIAN aclara y reitera la obligación de emitir el documento soporte en adquisiciones con no obligados a facturar, como único medio de prueba válido en operaciones con proveedores digitales extranjeros.
Conforme al análisis doctrinal de la DIAN, el soporte de los costos y deducciones derivados de pagos a proveedores extranjeros no puede descansar únicamente en comprobantes de pago o facturas emitidas por estas plataformas. La normativa vigente exige la emisión del documento soporte en adquisiciones a no obligados a facturar, bajo los parámetros técnicos y formales establecidos por la DIAN.
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