El artículo 689-3 del Estatuto Tributario (ET) ofrece a los contribuyentes una oportunidad valiosa para optimizar su gestión fiscal a través del beneficio de auditoría aplicable a la declaración de renta del año gravable 2024 (AG 2024). Este beneficio no solo permite una mayor seguridad fiscal, sino que también incentiva el cumplimiento de las obligaciones tributarias de manera puntual y precisa. A continuación, exploraremos en detalle los requisitos, condiciones y alcances de este beneficio.

Para acceder al beneficio de auditoría, los contribuyentes deben cumplir con siete requisitos específicos. Primero, es esencial que la declaración de renta sea presentada dentro de los plazos establecidos por la ley. El cumplimiento oportuno asegura que los contribuyentes no enfrenten sanciones por presentación tardía, lo cual es un primer paso crucial para obtener el beneficio.

Además, el pago total del impuesto a cargo antes de la fecha de vencimiento es otro requisito indispensable. Este pago garantiza que el contribuyente está al día con sus obligaciones fiscales, evitando así sanciones adicionales y fortaleciendo la confianza en la administración tributaria.

Un tercer requisito es el incremento del impuesto neto de renta en comparación con el año anterior. Este aumento debe ser al menos de un porcentaje determinado, lo que demuestra un crecimiento en las obligaciones tributarias del contribuyente y su compromiso con el cumplimiento fiscal.

La contabilidad debe llevarse conforme a los principios y normas contables vigentes, reflejando fielmente la situación financiera del contribuyente. Mantener una contabilidad adecuada no solo facilita el cumplimiento de las obligaciones tributarias, sino que también es una práctica esencial para la gestión empresarial efectiva.

Es fundamental conservar todos los documentos y soportes de las transacciones. Estos documentos deben estar disponibles para revisión durante el período de prescripción, lo que garantiza la transparencia y la capacidad de la administración tributaria para verificar la información presentada.

La declaración de renta debe contar con la certificación de un revisor fiscal. Este profesional debe confirmar la veracidad de la información presentada, asegurando que todos los datos han sido revisados y validados de manera adecuada. La certificación de un revisor fiscal añade un nivel adicional de credibilidad y confianza en la declaración presentada.

Finalmente, el contribuyente debe estar al día con todas las obligaciones formales tributarias. Esto incluye la presentación de información exógena y el cumplimiento de cualquier otro requerimiento de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). Cumplir con estas obligaciones formales demuestra el compromiso del contribuyente con todas las facetas de la legislación tributaria.

El alcance del beneficio de auditoría es significativo. Entre sus principales ventajas, destaca la reducción de sanciones por inexactitud. Los contribuyentes que cumplen con los requisitos establecidos pueden acceder a una reducción considerable en las sanciones, lo que representa un alivio financiero importante.

Además, obtener el beneficio de auditoría reduce la exposición a fiscalizaciones exhaustivas por parte de la DIAN. Esto significa que los contribuyentes pueden enfocarse más en sus actividades empresariales y menos en responder a auditorías extensivas, siempre y cuando mantengan el cumplimiento adecuado de sus obligaciones fiscales.

En caso de errores en la declaración de renta, el beneficio de auditoría facilita la corrección de estos errores con menores implicaciones fiscales y sancionatorias. Esto proporciona una mayor flexibilidad y seguridad para los contribuyentes al gestionar sus declaraciones tributarias.

Para más información sobre cómo acceder a este beneficio y asegurarte de cumplir con todos los requisitos, te invitamos a consultar el artículo 689-3 del ET y a contactar a tu asesor tributario. Mantente informado y aprovecha los beneficios fiscales que la ley pone a tu disposición para optimizar tu gestión tributaria en el AG 2024.

Redactado por

Ricardo A. Castañeda Monroy

Editor

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