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El que la hace, la paga: Sanciones por omisión en las declaraciones de ingresos

La Ley 2277 de 2022 trajo modificaciones significativas en la sanción penal por omisión en ingresos de declaraciones tributarias en Colombia. Estas modificaciones tienen repercusiones monetarias y penales para los contribuyentes. Es fundamental tener en cuenta que estas sanciones y acciones penales solo aplicarán si los recursos de la vía administrativa no están en proceso.

La omisión de ingresos o la inclusión de información falsa en las declaraciones tributarias conlleva consecuencias tanto administrativas como penales, dependiendo de la gravedad y la intencionalidad de cada caso.

Las sanciones penales por delito fiscal implican penas de prisión y sanciones económicas. Estas sanciones se aplican tanto a la tributación nacional como a la tributación territorial. La modificación introducida por la Ley 2277 de 2022 no establece distinciones entre estas formas de tributación.

¿Cuáles son las sanciones concretas? La ley modificada establece que si un contribuyente, estando obligado a declarar, omite su deber o incluye información falsa en su declaración tributaria para defraudar o reducir artificialmente su tributación, será sancionado con una pena privativa de la libertad de 30 a 60 meses de prisión.

En los casos en que el valor involucrado sea superior a 2500 Salarios Mínimos Legales Vigentes o supere los 5000, las penas previstas se incrementarán en una tercera parte y, si el valor es superior a 5000, las penas se incrementarán en la mitad.

Además, la acción penal, según lo modificado en el párrafo 2 del artículo mencionado, se extinguirá hasta por dos ocasiones cuando el responsable pague los intereses de mora y los respectivos intereses de impuestos.

Es importante destacar el principio de oportunidad establecido en el artículo 4348 de la Ley 599 del 2000 (Código Penal), que indica que el pago de impuestos, sanciones tributarias e intereses permitirá la rebaja de pena hasta la mitad, una vez aplicada o extinguida la acción penal por pago hasta en dos ocasiones.

Si busca asesoramiento tributario para evitar sanciones penales y económicas por la omisión en el pago de impuestos, no dude en contactarnos. Contamos con la experiencia necesaria para ayudarlo a abordar su situación y buscar la condición más favorable en el contexto tributario específico que enfrenta. Estamos aquí para asistirlo y proporcionarle orientación especializada.

Redactado por

Ricardo A. Castañeda Monroy

Editor

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