Boletín Informativo Tributario 014-2026

Fecha: 26 de febrero de 2026

Tema: Formato 1010 versión 9 – Reporte obligatorio de todos los socios en la Información Exógena AG 2025


1. Cambio estructural en la información exógena

Para el año gravable 2025, las personas jurídicas obligadas a presentar información exógena deberán reportar en el Formato 1010 versión 9 la totalidad de sus socios, accionistas, cooperados o miembros, sin importar el valor del aporte.

Esta medida se fundamenta en la Resolución 000162 de 2023 y sus modificaciones posteriores introducidas por la Resolución 000233 de 2025. 


2. ¿Qué cambió frente al régimen anterior?

Hasta el Año Gravable 2023

Solo se reportaban socios con aportes superiores a $3.000.000. 

Desde el Año Gravable 2024 (vigente para el AG 2025)

Se aplican estos cambios:

  • Se reportan todos los socios, sin excepción.

  • Se incluye el valor de la prima en colocación de acciones.

  • Se exige dirección física completa, incluyendo el país. 


3. ¿Quiénes deben presentar el formato?

Deben presentarlo:

  • Personas jurídicas con ánimo de lucro.

  • Cooperativas.

  • Fondos de empleados.

Siempre que cumplan al menos una de estas condiciones:

  • Superen 2.400 UVT de ingresos brutos.

  • O estén obligadas a practicar retenciones (responsabilidades 07, 08 o 09 en el RUT). 


4. Información requerida por cada socio

El reporte debe incluir, por cada socio:

  • Identificación completa.

  • Dirección física (obligatoria).

  • Valor nominal del aporte.

  • Prima en colocación.

  • Porcentaje de participación.

Aplica para socios residentes y no residentes. 


5. Recomendaciones de RIO CONSULTORES

  1. Revisar el libro de accionistas a 31 de diciembre de 2025.

  2. Validar identificación y dirección de cada socio.

  3. Confirmar el registro contable de la prima en colocación.

  4. Cruzar información con estados financieros.

  5. Actualizar datos de socios extranjeros. 


6. Conclusión ejecutiva

El Formato 1010 versión 9 representa un fortalecimiento significativo del control fiscal sobre estructuras societarias. El reporte total de socios elimina el umbral mínimo y obliga a las entidades a contar con información completa y depurada.

La preparación anticipada es clave para mitigar riesgos sancionatorios y contingencias fiscales. 


RIO CONSULTORES

Unidad de Planeación y Cumplimiento Tributario

Boletín Técnico – Febrero 26 de 2026 

Este boletín es informativo y no constituye asesoría tributaria personalizada. Cada caso debe analizarse conforme a su realidad societaria y fiscal.

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