Boletín Informativo Tributario 014-2026
Fecha: 26 de febrero de 2026
Tema: Formato 1010 versión 9 – Reporte obligatorio de todos los socios en la Información Exógena AG 2025
1. Cambio estructural en la información exógena
Para el año gravable 2025, las personas jurídicas obligadas a presentar información exógena deberán reportar en el Formato 1010 versión 9 la totalidad de sus socios, accionistas, cooperados o miembros, sin importar el valor del aporte.
Esta medida se fundamenta en la Resolución 000162 de 2023 y sus modificaciones posteriores introducidas por la Resolución 000233 de 2025.
2. ¿Qué cambió frente al régimen anterior?
Hasta el Año Gravable 2023
Solo se reportaban socios con aportes superiores a $3.000.000.
Desde el Año Gravable 2024 (vigente para el AG 2025)
Se aplican estos cambios:
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Se reportan todos los socios, sin excepción.
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Se incluye el valor de la prima en colocación de acciones.
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Se exige dirección física completa, incluyendo el país.
3. ¿Quiénes deben presentar el formato?
Deben presentarlo:
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Personas jurídicas con ánimo de lucro.
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Cooperativas.
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Fondos de empleados.
Siempre que cumplan al menos una de estas condiciones:
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Superen 2.400 UVT de ingresos brutos.
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O estén obligadas a practicar retenciones (responsabilidades 07, 08 o 09 en el RUT).
4. Información requerida por cada socio
El reporte debe incluir, por cada socio:
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Identificación completa.
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Dirección física (obligatoria).
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Valor nominal del aporte.
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Prima en colocación.
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Porcentaje de participación.
Aplica para socios residentes y no residentes.
5. Recomendaciones de RIO CONSULTORES
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Revisar el libro de accionistas a 31 de diciembre de 2025.
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Validar identificación y dirección de cada socio.
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Confirmar el registro contable de la prima en colocación.
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Cruzar información con estados financieros.
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Actualizar datos de socios extranjeros.
6. Conclusión ejecutiva
El Formato 1010 versión 9 representa un fortalecimiento significativo del control fiscal sobre estructuras societarias. El reporte total de socios elimina el umbral mínimo y obliga a las entidades a contar con información completa y depurada.
La preparación anticipada es clave para mitigar riesgos sancionatorios y contingencias fiscales.
RIO CONSULTORES
Unidad de Planeación y Cumplimiento Tributario
Boletín Técnico – Febrero 26 de 2026
Este boletín es informativo y no constituye asesoría tributaria personalizada. Cada caso debe analizarse conforme a su realidad societaria y fiscal.


